sábado, 29 de diciembre de 2012

Convocatoria 2013/2014 de plazas de profesores visitantes en centros escolares de Estados Unidos y Canadá

Resolución de 12 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en centros educativos de Estados Unidos de América y Canadá para el curso académico 2013-2014.


Los profesores visitantes ofrecen la posibilidad de responder a la demanda de enseñanza de la lengua española, de mejorar la calidad de la misma, y de aportar a su plantilla docente una dimensión internacional y multicultural que resulta cada vez más necesaria para las comunidades educativas de los tres países.


Las plazas que se ofrecen en Estados Unidos y Canadá están asignadas a centros educativos de Enseñanza Primaria y Secundaria, donde se imparten:

a) Programas de enseñanza bilingüe y de inmersión lingüística, en los que el profesor deberá impartir las áreas curriculares propias del sistema educativo del estado o provincia correspondiente.
b) Español como lengua extranjera.

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:
  • Tener nacionalidad española.
  • Dominar el idioma inglés oral y escrito.
  • No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.
  • Estar en posesión de alguna de las titulaciones que se especifican en el anexo II.
  • Méritos de los candidatos
Para elegir destino, los candidatos tendrán en cuenta los méritos que se relacionan en el anexo II. (Estados como el distrito de Columbia, Delaware, Illinois, Indiana, Iowa, Kentucky, Ohio, Wisconsin, California, Colorado, Nuevo México, Utah, Carolina del Norte, Florida,Luisiana, Texas y Alberta en Canadá).
 Las especialidades educativas requeridas desglosadas por estado así como los requisitos de cada uno de ellos, piden como mínimo 2 años de experiencia, se encuentran en el anexo I.

Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 25 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
¡A aprovechar quien pueda!

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